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Póliza de exceso individual (MPPD)

PÓLIZA DE EXCESO INDIVIDUAL PARA EL PERSONAL CIVIL NÓMINA DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

Personas Asegurables:

  • Titular y Cónyuge, sin límite de edad.
  • Hijos recién nacidos desde el momento de su nacimiento, siempre y cuando el Asegurado Titular solicite por escrito su inclusión.
  • Los Hijos solteros hasta 25 años de edad inclusive. Cuando sean discapacitados sin límite de edad, previa presentación del certificado de discapacidad otorgado por el Instituto de los Seguros Sociales que justifique su condición de discapacidad.
  • Padres sin límites de Edad.

 

Nota: Esta Póliza podrá ser adquirida por el Personal Civil del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, que se encuentre previamente incluido en la Póliza Básica y su grupo familiar, previa solicitud, aprobación de la empresa y pago de la prima correspondiente.

Requisitos para suscribir la póliza:

El asegurado deberá presentar Solicitud de Seguro – llenada en todas sus partes, fundamentalmente la Declaración de Salud, en letra legible, sin tachadura ni enmiendas y firmada por el Asegurado Titular, con la huella dactilar del pulgar de la mano derecha. La misma debe contener como anexo los documentos de identidad, tanto del titular como del grupo familiar.

Coberturas:

Hospitalización y Cirugía.

Coberturas Opcionales:

Maternidad.

(Será solo para la asegurada Titular, Cónyuge o quien el Asegurado Titular mantenga unión estable de hecho, cuyas edades estén comprendidas desde 18 hasta 45 años).

Nota:

Esta póliza podrá ser adquirida  por el personal Civil del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, que se encuentre previamente Incluido en la póliza Básica y su grupo familiar, previa solicitud, aprobación de la empresa y pago de la prima correspondiente.

Para mayor información ingresa a nuestro cotizador online. 

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Fondos Administrados

  Es un plan de servicio de salud, el cual ofrece el resguardo y administración de los fondos de empresas públicas y privadas, mediante un contrato,  políticas y  condiciones acordadas entre las partes, con el  fin de esquematizar las coberturas y servicios que serán cubierto a través de nuestros proveedores de salud,  con el objeto de garantizar y ofrecer un amparo de calidad en cuanto al derecho a la salud se refiere, estableciendo alianzas con nuestros proveedores a nivel nacional para la atención de cada uno de nuestros afiliados.

 

Bondades para el usuario  

  • Atención personalizada las 24 horas al día.
  • Servicios complementarios ( Funerario, Ambulancia, Odontologia, Oftalmologia,  Farmacia, Pagos de Vida y Accidentes Personales)
  • Amplia Red de Proveedores de Servicios Médicos
  • Portal del afiliado vía web que permite la verificación y monitoreo de los siniestros presentados.

 

Bondades para los contratantes

 

  • Estadística mensuales de los casos incurridos.
  • Se establecen normas de uso de la Mano Cliente y  Seguros Horizonte. S.A.
  • Fluidez en los procesos automatizados.
  • Asesorías técnicas y administrativas a la población afiliadas y áreas de Gestión Humana o requeridas.
  • Flexibilidad, adaptabilidad en las condiciones establecidas por el contratante.
  • Reintegro del Fondo no utilizado al cierre del ejercicio fiscal.
  • Rendición de cuenta oportuna al contratante de acuerdo a sus exigencias.

 

Servicio HCM

 

ATENCIÓN MÉDICA PRIMARIA

Este servicio atiende aquellas patologías cubiertas por la póliza que sólo ameriten consultas médicas y todos aquellos estudios complementarios derivados de las mismas, que no requieran hospitalización. A través de la red de centros para la atención médica primaria, permitiendo a los asegurados obtener una atención médica, en resguardo de su límite de cobertura.

CARTA COMPROMISO

Se tramitan directamente en las clínicas de la red de Seguros Horizonte. S.A a través de nuestra Web en un lapso no mayor de 48 a 72 horas.

 

REEMBOLSO

El Afiliado se dirige a la Unidad de Atención al cliente (si aplica) o a la Sucursal de Seguros Horizonte

REQUISITOS

  • Declaración de Servicios
  • Copia legible cédula de identidad del titular y beneficiario
  • Informe del médico tratante
  • Facturas originales con RIF y sello de cancelado
  • Resultados o informes de exámenes practicados
  • Facturas de farmacia con sus respectivos récipes
  • En caso de accidente, carta narrativa

 

FARMACIA

Se mantiene relaciones comerciales con una amplia gama de proveedores para el servicio de despacho de medicamento.

 

COBERTURA DE ACCIDENTES PERSONALES

Cubre los riesgos cuando el asegurado sufre una lesión corporal derivada de un accidente que le produzca la muerte o invalidez permanente

COBERTURA DE VIDA

La empresa indemniza a los Beneficiarios o herederos legales por el fallecimiento del titular

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Póliza Complementaria FANB

La Póliza Complementaria está especialmente diseñada para el personal Militar (Activo y Retirado) y sus familiares, inscritos en el Convenio FANB, que permite aumentar el monto de la suma asegurada en las coberturas de HCM, Vida, y Servicios Funerarios de su póliza básica. La cobertura es por persona, enfermedad y año póliza.

Personas Asegurables:

  • Titulares: Militar activo y retirado con goce de pensión, sin limite de edad.
  • Cónyuge: Sin límite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Hijos: Solteros hasta los (25) años de edad inclusive, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Padres: Sin limite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.
  • Los hijos recién nacidos desde el momento de su nacimiento: siempre y cuando el Asegurado Titular  solicite por escrito su inclusión, dentro de los treinta (30) días siguientes a  la fecha de su nacimiento, con carnet de afiliado al IPFA vigente.
  • Viudas de militar con goce de pensión: Sin limite de edad, con carnet de afiliado al IPSFA vigente.

Requisitos para suscribir la póliza:

  • Llenar la planilla de solicitud de póliza complementaria.
  • Firmar y colocar la huella dactilar  (pulgar derecho).
  • Fotocopia del carnet militar y la Cédula de Identidad del Asegurado Titular.
  • Fotocopia de la cédula de identidad y carnet de afiliación al IPSFA (vigente)  de los familiares a incluir en la póliza .
  • Para los ramos de HCM, Gastos Funerarios y Accidentes Personales deberá marcar con una equis (x) para indicar que se desea disfrutar de dichos beneficios.
  • En los ramos de Vida y Accidentes Personales deberá indicar los beneficiarios y/o familiares  a ser incluidos y la distribución porcentual de la suma asegurada.
  • Indicar la cobertura de maternidad requerida.

Coberturas:

Hospitalización y Cirugía.

Coberturas Opcionales:

  • Maternidad: Titular femenino y esposa (sin incluir viudas).
  • Gastos Funerarios: Titular y familiares.
  • Vida: Sólo para titulares.
  • Accidentes Personales: Sólo titulares.

Nota: 

  • Esta póliza podrá  ser adquirida por el Personal Militar, que se encuentre previamente incluido en la Póliza Básica y su grupo Familiar, previa solicitud.

Para mayor información ingresa a nuestro cotizador online.

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Ramos Técnicos de Ingeniería

Ramos Técnicos de Ingeniería

 

Rotura de Maquinaria:

Indemniza la pérdida o los daños que ocurran de forma accidental, súbita e imprevista a la maquinaria asegurada y que sean consecuencia directa de cualquiera de los riesgos cubiertos en la póliza.

Equipo de Contratista:

Indemniza la pérdida o los daños materiales que le ocurran a los equipos o maquinarias aseguradas, incluyendo sus equipos auxiliares, siempre que se encuentren dentro del sitio señalado en la póliza.

Equipos Electrónicos:

Indemniza la pérdida o los daños físicos súbitos o imprevistos que le ocurran a las instalaciones, aparatos y equipos electrónicos asegurados, hasta sus montos individuales indicados en la póliza.

Montaje de Maquinaria:

La empresa de seguros indemnizará los daños accidentales que ocurran a los bienes asegurados durante el montaje, sin exceder la suma contratada indicada en el cuadro de recibo de póliza.

Todo Riesgo de Construcción:

La empresa de seguros indemnizará la pérdida o daños materiales sufridos por los bienes asegurados durante la construcción en el lugar donde se lleven a cabo los trabajos, siempre que dichas pérdidas o daños ocurran de manera accidental, súbita e imprevista y que hagan necesaria su reparación o reposición como consecuencia directa de cualquiera de los riesgos a amparar, sin exceder la suma asegurada indicada en el cuadro recibo de póliza.

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Seguro Contra Incendio

Póliza de Seguro Contra Incendio

 

Con la Póliza Contra Incendio se indemniza el monto de la pérdida, destrucción o daño causado por incendios en edificio, local o vivienda.

Cobertura Básica:

  • Incendio.
  • Rayo.
  • Explosión.
  • Impacto de aeronaves, satélites, cohetes u otros aparatos aéreos o de los objetos desprendidos de los mismos.
  • El agua u otros agentes de extinción utilizados para apagar un incendio, en los predios ocupados por el asegurado o en predios adyacentes.
  • El humo de un incendio originado en los predios ocupados por el Asegurado o en predios adyacentes.
  • Los gastos que ocasione la demolición, remoción o limpieza de escombros de los bienes asegurados.
  • Los gastos que ocasione la extinción de un incendio, siempre que no se produzcan por la colaboración personal prestada por el asegurado ni la de sus empleados y obreros.
  • Los honorarios de arquitectos, topógrafos e ingenieros que realicen presupuestos, planos, cuantías, especificaciones y propuesta, necesarias para la reparación o reconstrucción de los bienes asegurados al ser destruidos o dañados por un siniestro cubierto por esta póliza.
  • Los daños o pérdidas que sufran las maquinarias y equipos asegurados, mientras esten temporalmente en predios distintos a los ocupados por el asegurado, para su limpieza, renovación, reparación o mantenimiento.
  • Los daños o pérdidas que sufran los bienes de la misma índole, propiedad de terceros, en poder del Asegurado, siempre y cuando él sea responsable del cuidado, control y custodia de dichos bienes.

Coberturas Adicionales:

  • Motín, disturbios laborales y daños maliciosos.
  • Terremoto y/o temblor de tierra.
  • Extensión de cobertura.
  • Daños por agua.
  • Bienes refrigerados o congelados.
  • Rotura de vidrios y anuncios.
  • Objetos valiosos o artísticos.
  • Inundación.

Requisitos para la Cotización:

  • Índole de la Actividad.
  • Nombre o Razón social del propuesto asegurado.
  • Dirección de riesgo.
  • Valores de sus bienes desglosados (Edificación, Mobiliario, Maquinaria y Equipos, Existencias y otros).
  • Coberturas Solicitadas.
  • Experiencia en siniestralidad, por lo menos de los últimos tres (03) años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud.